
BUSQUEDA DE TRABAJO EN GIBRALTAR
En Gibraltar existe un organismo, similar al INEM español, llamado Employment and Training Borrad (ETB), oficina de empleo y formación. En él se inscriben las personas desempleadas residentes en Gibraltar. Las personas que no residan en Gibraltar deben inscribirse en los servicios de empleo de su país de residencia, ya que es allí donde perciben su prestación por desempleo. El motivo es que se supone que los trabajadores fronterizos mantienen lazos más estrechos con su país de residencia y es mucho más probable que encuentren en él un nuevo trabajo.
Por lo general los Españoles que trabajan en Gibraltar utilizan sus propias herramientas de búsqueda de empleo, como son la red de contactos y conocidos, auto-candidatura, anuncios de prensa, etc.
UNA VEZ ENCONTRADO UN EMPLEO; ¿NECESITO UN PERMISO DE TRABAJO?
Dado que Gibraltar forma parte de la Unión Europea, los nacionales de cualquier país miembro de la Unión tienen libertad de movimiento y de trabajo en Gibraltar.
Así pues, los españoles no necesitan ningún tipo de permiso para trabajar en Gibraltar.
Para acceder a Gibraltar basta con estar en posesión de un documento de identidad o pasaporte espedido por cualquier de los países de la Unión Europea.
LEGISLACION LABORAL EN GIBRALTAR
Las empresas que operen en Gibraltar están obligadas a inscribirse en el Employment and Training Borrad, en adelante ETB, en los tres meses siguientes al inicio de la actividad. Asimismo, estas empresas están obligadas a anunciar sus ofertas de trabajo a través del ETB, aunque no es obligatorio que contraten a Gibraltareños.
El contrato de trabajo
En Gibraltar no existe un modelo de contrato de trabajo. Las cláusulas del contrato se pactan entre el empresario y el trabajador, por medio de un contrato privado. Este contrato puede tener la forma verbal o escrita.
Es recomendable que el contrato se haga por escrito ya que así siempre se podrá reclamar en caso de conflicto.
En Gibraltar la Ley estipula unos mínimos que deben cumplirse siempre, tanto en lo que se refiere al sueldo como en lo que se refiere a la duración de las vacaciones, pero no siempre se pacta este mínimo. Lo normal es pactar unas condiciones mejores que estos mínimos establecidos.
Una vez acordadas las condiciones del trabajo por el empresario y el empleado, ambas partes cumplimentan el formulario “NOTICE OF TERMS OF ENGAGEMENT” que el empresario debe registrar en la oficina del ETB en el plazo de 14 días. La ofician del ETB será la encargada de comunicar a la Seguridad Social el contrato a efectos de gestionar su alta en dicho organismo.
Para ello se usa el siguiente formulario:”NOTICE OF TERMS OF ENGAGEMENT”

La Traducción del formulario y la explicación de sus términos del mismo es la siguiente:
Comenzando por la parte superior:
*PARTE 1
Significa:
Confidencial
Servicio de Empleo Ordenanza de Empleo
Reglamentos de Empleo de 1994
Por favor, cumplimentar todas los apartados. Si algún apartado no es de aplicación, por favor escriba “NOT APLICABLE , N/A ( NOT APLICABLE) en este espacio. No se aceptarán formularios con apartados incompletos. Las tres copias debe entregarse al Servicio de Empleo, junto con el pago correspondiente.
Copia blanca: para el servicio de empleo
Copia azul: para el empresario
Copia amarilla: para el trabajador
Aviso de condiciones del contrato.
El formulario del contrato de trabajo se compone de tres hojillas. Cuando se cumplimenta y firma, el empresario debe presentarlo en la oficina del ETB, donde es registrado y sellado. De las tres copias, el servicio de empleo se queda con la blanca, el empresario debe conservar la azul y entregar al trabajador la copia amarilla, debidamente sellada.
El pago al que se hace referencia es una tasa de £26 que el empresario debe abonar por cada empleado registrado al año, en concepto de contribución a un fondo de insolvencia. Este fondo garantiza a los empleados sus salarios en caso de quiebra de la empresa.
El siguiente recuadro se refiere a los datos del empleado:
*PARTE 2
Significa:
Datos del trabajador:
Apellido (Sr, Sra, Srta)…………………………………….
Apellido de soltera…………………………………………..
Nombre………………………………………………………
Número de identificación (DNI o pasaporte)………………..
Fecha de Nacimiento…………………………………………
Nacionalidad………………………………………………….
Dirección……………………………………………..
Empleo anterior:
Si ha trabajado anteriormente en Gibraltar, rellene lo siguiente:
Nombre del último empresario para el que trabajó…………………………..
Dirección…………………………………………………………………….
Periodos de trabajo, desde……………………….a………………………….
Su empleo es de :…………………………..en (especifica el lugar, el centro de trabajo)…………………………………………………
Comenzará el día/ comenzó el día…………………………
Será de duración indefinida / finalizará en ………………….
Táchese lo que no proceda.
Es norma en Gibraltar que las mujeres al casarse tomen el apellido de su marido, por eso piden el Apellido y el Apellido de soltera, para aquellas mujeres que lo hayan cambiado.
Donde dice “su empleo es de” especifica el puesto a desempeñar.
En la casilla “comenzará el día” hay que tachar lo que no proceda, por que la fecha de comienzo del trabajo puede ser anterior o posterior a la firma del contrato (hasta 14 días antes).
En la casilla “será de duración…” también se tachará lo que no proceda. Si el contrato no es indefinido, debe estipularse la fecha de finalización del mismo.
El siguiente recuadro se refiere a los datos del empresario:
*PARTE 3
Significa:
Datos del empresario:
Número de registro…………………………………….
Nombre………………………………………………….
Dirección………………………………………………
Número de teléfono…………………………………….
Naturaleza del negocio……………………………..
Estos datos le corresponden rellenarlos al empresario.
El recuadro siguiente contiene las condiciones particulares del contrato:
*PARTE 4
Significa:
Los siguientes son los datos particulares de las condiciones de empleo, con efecto desde ( aquí se especifica la fecha)
1 Sueldo
2 Condiciones bajo las que se pagan subidas si las hubiera
3 Intervalo en el que se paga el sueldo
4 Horas de trabajo
5 Vacaciones y pagas por las vacaciones
6 Enfermedad y paga por enfermedad
7 Pensiones y planes de pensiones
8 Preaviso de finalización de contrato
a- por el empleado
b-por el empresario
- Sueldo: Normalmente se expresa en libras por hora, pero puede expresarse también en libras por semana o en libras por mes. En Gibraltar existe un salario mínimo, dependiendo del sector en el que trabajemos. Consulte a la oficina del ETB para cualquier duda sobre su salario.
Tenga en cuenta que en Gibraltar no se cobran pagas extraordinarias
- Condiciones bajo las que pagan subidas, si las hubiera: Aquí se recogen posibles complementos adicionales al sueldo, como puede ser por ejemplo el vehículo a cargo de la empresa. También puede estipularse como serán las subidas de sueldo, por ejemplo, iguales al IPC, o cualquier otro tipo de subida que pueda pactarse.
- Intervalo en que se paga el sueldo: Lo habitual en Gibraltar es cobrar con una periodicidad semanal, pero también puede pactarse el cobro mensualmente, o incluso trimestral o semestralmente.
- Horas de trabajo: Especifica la duración de la jornada de trabajo. Normalmente se expresa en horas de la semana.
- Vacaciones y paga por las vacaciones: En Gibraltar la normativa estipula que la duración de las vacaciones depende de cuanto tiempo lleve trabajando en la empresa. Ejemplos:
-Durante los tres primeros años de contrato se tiene derecho a 10 días de vacaciones al año.
.-Cuando se ha trabajado entre tres y cinco años en la empresa, son 12 días y medio de vacaciones por año.
-Y para trabajadores con más de cinco años de antigüedad en la empresa, las vacaciones son de 15 días al año.
Siempre que se habla de días de vacaciones, se refiere a días laborables.
Estas vacaciones son las mínimas que estipula la Normativa laboral, pero lo habitual que se pacten unas vacaciones de 20 días al año, el equivalente a cuatro semanas. La única restricción que suele aplicarse es la de no disfrutar todas las vacaciones de una sola vez.
También se puede pactar que en el caso de que no se disfruten estas vacaciones se le abonen al trabajador.
Respecto a lo que se conoce en España como días de asuntos propios, la posibilidad de disponer de algunos días remunerados dependerá del acuerdo con el empresario.
- Enfermedad y paga por enfermedad: La Normativa Gibraltareña estipula que si un trabajador está de baja por enfermedad tiene derecho a cobrar durante 15 días su sueldo del empresario como si estuviera trabajando. A partir de estos 15 días es la Seguridad Social la que se hace cargo. Estas bajas médicas no afectan a los derechos de antigüedad en la empresa.
La Normativa de Gibraltar no especifica quién tiene que certificar la baja médica. Como norma habitual la baja médica expedida por un médico de la seguridad social española es aceptada sin ningún problema.
- Pensiones y planes de pensiones: Esta casilla se refiere normalmente a pensiones complementarias a la aportación obligatoria de la Seguridad Social. Puede pactarse con la empresa que de cada paga nos deduzcan una cantidad que irá destinada a un fondo de pensiones propio. Es común en el caso de altos cargos y directivos de empresas, y no suele aplicarse en la hostelería ni en la construcción, ni en los contratos temporales
- Preaviso de finalización de contrato: Indica el tiempo mínimo de antelación con el que hay que avisar que va a finalizar el contrato, tanto por parte del empleado como del empresario. Si no hay ningún acuerdo en contra, normalmente este preaviso depende de la duración del contrato y de la periodicidad del cobro del sueldo. Así puede ir desde una semana, para contratos de duración menor a dos años, hasta trece semanas, para personas que lleven más de 10 años de contrato.
Lo normal es estipular una semana de preaviso para trabajos que se cobre semanalmente y un mes para los trabajos en que se cobren mensualmente.
9-Convenio de pago industrial: Aquí hace referencia a que ciertos trabajos en la industria, por su peligrosidad o por otras razones, se rigen por unos convenios especiales. En esta casilla se nos remite al convenio aplicable en su caso. Para más información sobre dichos convenios contacte con la oficina del ETB.
Recuadro para la firma del empresario y el empleado.
*PARTE 5
Los recuadros de la parte baja de la izquierda corresponde rellenarlos a la oficina del ETB.